6 de Diciembre. Día de la Constitución Española. Hoy se hablará de reformas territoriales, de las cámaras, la Monarquía, pero… poco de los Servicios Sociales. Lamentablemente, hoy, no es una prioridad.

El Estado que comenzaba a refundarse allá en los 70,  aprobó una Constitución que, fruto de su momento histórico probablemente, avanzaba en cuanto a la desaparición de la beneficencia, pero no reconocía ni impulsaría un Sistema de Servicios Sociales como tal, si bien mencionaría tímidamente la Asistencia Social al concretar las competencias Autonómicas en el Artículo 148.1.20.

CONSTITUCIONLo realmente triste es que hoy, momento en el que apenas hay ligeros brotes de esperanza – y lo digo con cautela- tras una crisis que ha dejado una sangría de situaciones críticas en manos de unos Servicios Sociales exhaustos, este asunto sigue sin saltar a la agenda política estatal.

En este país nadie dudaría de lo que es la Sanidad, la Educación o las Pensiones, pero pocas personas reconocerían los Servicios Sociales como cuarto Pilar del Bienestar Social.

Partiendo de ese gran olvido en la Constitución Española, apostillado con el reconocimiento de la “Asistencia Social“ como competencia autonómica sin una Ley Marco -al menos, de mínimos-, la Carta Magna imprimió un carácter inherente hiperfragmentado y débil a los Servicios Sociales en nuestro país. Así, se ha venido a consolidar una amalgama de prestaciones y modelos, que, lejos del valor de la cercanía y lo adaptativo de lo local (que no es incompatible con un sistema unificado de derechos), difícilmente, salvo para quienes lo anhelamos, podría ser considerado como un verdadero Sistema en una definición estructural del mismo.

La inexistencia de un marco que garantice los derechos básicos en el territorio nacional, da lugar, por ejemplo, a una locura que nadie comprende, como el caso de un ciudadano que por irse, por ejemplo, de Madrid a Toledo (70 Km), pierde el derecho a la cobertura de sus necesidades básicas a través de las rentas de inserción. Con frecuencia las personas preguntan… ¿Entonces, no puedo irme a vivir con mi familia a Toledo, donde podría encontrar un trabajo porque, mientras, pierdo la renta?. La cara de quien tiene que contestar suele ser… la explicar lo incomprensible a todas luces. Por supuesto, ninguna Comunidad Autónoma ha dado su brazo a torcer ni tan siquiera reconociendo una reciprocidad, claro: otra constatación de la necesidad de un marco estatal.

Decía Sabina que «no hay nostalgia peor que añorar lo que nunca jamás sucedió» (en el vídeo final). Por eso, creo que habrá que abordar la temible pregunta… Entonces…¿Hay esperanza?

Puede que sea por mi optimismo compulsivo, pero creo que LA HAY. Me explicaré en tres ideas:

1.- No desisto de la posibilidad de impulso de un Marco Estatal. La Ley de Dependencia es un ejemplo de ello. A pesar de las amenazas de boicot por parte de varias Comunidades Autónomas, consiguió cierta homogeneización de derechos y prestaciones. ¿Mejorable? SI, pero nadie dudaría del gran avance que supuso a este respecto. ¿Podría usarse un marco similar para desarrollar una Ley parecida en materia de Servicios Sociales?  (con esta frase no estoy renunciando al principio de que la «Dependencia» forma parte de los Servicios Sociales, conste).

2.- Lo que ninguna Comunidad Autónoma rechazaría es… financiación. El precedente del Plan Concertado para las Prestaciones Básicas es un ejemplo, que, lamentablemente, ha ido en decremento por parte de las arcas estatales, hasta su actual situación residual. Habría que recuperarlo.

3.- Por último… tengo cierta esperanza en las TIC. Se puede pensar que soy un pelmazo con este tema, pero, en parte, el compartir una misma plataforma (impulsada por el Plan Concertado), fortalece la base para después poder asentar, al menos, un mínimo común estatal en materia de Servicios Sociales, por lo que habría que invertir más en una actualización y puesta a punto de la aplicación, de manera que incluso fuese atractiva a quienes en su día se desvincularon de ella.

¿Lo conseguiremos? Al margen de que se modifique la actual Constitución, estamos en un escenario de incertidumbre política, donde la negociación será clave. Este clima, considero, puede ser propicio para ello, pero es necesario que saquemos los Servicios Sociales, de la batalla doméstica a la agenda política estatal.

Ánimo

Nacho

Os dejo con la frase que mencionaba… Sabina… Con la frente marchita

A-CONSTITUCIONALIDAD DE LOS SERVICIOS SOCIALES

2 thoughts on “A-CONSTITUCIONALIDAD DE LOS SERVICIOS SOCIALES

  • 06/12/2016 a las 17:17
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    Comparto, Nacho. Se podría haber avanzado desde la Asistencia Social nombrada en la Constitución hacia un Sistema de Servicios Sociales. Sin embargo, creo que la apuesta social (y en esto somos corresponsables también los profesionales) ha sido la de volver hacia formas benefico-asistenciales, de las cuales, en el fondo, nunca nos deshicimos. Y ese es el origen de todas las contradicciones que vivimos, puesto que esa neo-beneficencia que vivimos es (al igual que la antigua) graciable, desordenada, desigual, injusta e insuficiente. Saludos.

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    • 07/12/2016 a las 18:13
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      Sí, Pedro. Aún así, ha habido avances respecto a entonces (1978), ojalá, entre todos/as consigamos que el camino vuelva a su cauce. Pero efectivamente, la lucha parece difícil y larga… gracias por participar. TE debo una llamada aún… 😉

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